LEYES LGBTI Y SUBROGACION EN COLOMBIA

La constitución de Colombia no permite la discriminación contra los ciudadanos LGBT, por lo que las parejas del mismo sexo pueden buscar la subrogación en Colombia siempre que al menos uno de los padres esté relacionado genéticamente con el bebé. El Tribunal Constitucional dictaminó que el matrimonio entre personas del mismo sexo se legalizó en 2016. En la sentencia SU-214, el tribunal declaró que todos los jueces y notarios estarían obligados a realizar esa ceremonia en las mismas condiciones requeridas para las parejas heterosexuales. Por lo tanto, las parejas del mismo sexo tienen los mismos derechos y obligaciones que las parejas o solteros heterosexuales, incluido el derecho a tener familias. La mayor igualdad de las parejas LGBT fue reconocida por la Corte Constitucional colombiana en una decisión histórica en 2015 que legalizó la adopción gay. El tribunal dictaminó que excluir a los padres del mismo sexo como posibles adoptantes era una limitación del derecho de los niños a tener una familia. Esta igualdad se extiende a los extranjeros en el artículo 100 de la Constitución, que otorga a los extranjeros en Colombia los mismos derechos y garantías civiles que los otorgados a los ciudadanos. En general, los derechos LGBT en Colombia se encuentran entre los más progresistas de América Latina, con protecciones legislativas avanzadas para individuos y familias LGBT. En 2007 y 2008, tres fallos del Tribunal Constitucional otorgaron a las parejas del mismo sexo registradas la misma pensión, seguridad social y derechos de propiedad que las parejas heterosexuales registradas. En 2011, el Congreso aprobó una ley que prohíbe la discriminación basada en la orientación sexual. En 2016, el Tribunal Constitucional legalizó el matrimonio entre personas del mismo sexo.